martes, 2 de agosto de 2011

PENSANDO EN VOZ ALTA

NOS PREGUNTAMOS SI LA MENSUALIDAD CONTEMPLADA EN TODAS LAS RESOLUCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DESDE EL AÑO 1986, QUE DE MANERA REPETIDA, SOSTENIDA Y PACIFICA HA SIDO DEFINIDA, ES UNA SOLA O ESTA DIVIDIDA EN DOS COMO LO INTERPRETA EL QUE ATIENDE INSTITUTOS DE EDUCACIÓN PRIVADOS, EN ESTE CASO EL YALE?
APARECE CONTEMPLADA EN LA LEY LAS CUOTAS CURRICULARES Y EXTRACURRICULARES? O ACTIVIDADES QUE AL SER PAGADAS SE CONVIERTEN EN SERVICIOS EDUCATIVOS?

En relación a este punto, se hace necesario analizar el principio de la legalidad de esta campaña de amedrentamiento aplicada de manera pública, notoria y sostenida, ejercida de manera injustificada por las Autoridades de la Asociación Civil, (dueños y miembros de la Junta) y nunca por la Directora del Colegio, quien informara al representante alguno de los puntos aquí expuestos. Ellos son:


A.- Mensualidad:
 “… como los pagos iguales y consecutivos que se cancelan en el transcurso del año escolar por concepto de prestación de servicios educativos...”,  Art. 2 Resolución N° 045 del 07/07/2010, viene desde 1.986.-

B.- Servicios Educativos: “… Los prestados por personas naturales o jurídicas para llevar a cabo las actividades educativas complementarias a la formación del educando…”.  Art. 2 de la Resolución N° 1791 del 16/10/1998. (G.O. N° 36.566 del 23/10/1998).

C.- Cuales son los servicios educativos: “… Los servicios educativos de los planteles privados tales como bibliotecas, talleres, laboratorios, instalaciones deportivas y culturales, orientación, teatro, música, idiomas, entre otros, requieren ser autorizados cuando se exija un pago adicional por los mismos…”,  Art. 23, Resolución N° 1791 del 16/10/1998).
         
Lo anteriormente analizado a la luz de la normativa legal, nos permite afirmar que la mensualidad del Colegio es única e indivisible en su monto total, así la integren la curricular, la extracurricular y la complementaria y para su implementación necesita obligatoriamente la previa autorización de las instancias competentes del Ministerio de Educación y el tope máximo autorizado del 22% señalado en la Resolución vigente debe ser aplicado a la mensualidad en su totalidad y no a una cuota curricular como intenta aplicar el Colegio Yale, a sea, sobre la mensualidad cancelada durante el año anterior de  BS.  UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS (Bs. 1.536,00) y no realizando prácticas evasivas para evitar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N° 061 del 09/07/2011, por cierto motivo de sanción. El nuevo monto sería el de Bs. UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO (BS. 1.874,00)  de aprobarse en Asamblea el 22 % como límite máximo.- Repito condición obligante la Asamblea Extraordinaria donde se apruebe el monto y nuca impositivamente-
Por considerarlo útil, reproduzco parte de las declaraciones de Fausto Romeo como mera referencia noticiosa.

EL UNIVERSAL
Miércoles 27 de julio de 2011  03:07 PM

Fausto Romeo, Asociación Nacional de Institutos de Educación Privada
Respondió sus interrogantes sobre el tope de 22% decretado por el Gobierno para el aumento de la matrícula escolar.

Pedro Pérez: Hay colegios que emiten recibos de pago por concepto de actividades curriculares y actividades extracurriculares. Después de muchos años haciendo acuerdos con la asociación de padres y representantes, este año han decidido hacer el ajuste sobre la porción extracurricular unilateralmente. Estos aumentos alcanzan hasta 155%. ¿Cuál es el régimen legal de la fijación de precios de estas actividades? ¿Deben ser aprobadas por la sociedad de padres y representantes? ¿Qué competencias tiene el Ministerio de Educación sobre esta materia? ¿Qué procedimiento deben seguir los afectados?

Las actividades extracurriculares no deben ser consideradas de carácter obligatorio. Su aplicación deben ser fuera de las horas de las actividades Pedagógicas (curriculares) que normalmente son el horario matutino; en tal sentido si el Padres, Madre o Representante considera que su Hijo(a) no deba asistir o participar de esas actividades extracurricular no debe ser cobrada y el alumno o alumna se puede retirar del Colegio al culminar las actividades de aula.  Las actividades extracurriculares son parte del Presupuesto de Funcionamiento, en tal sentido la Sociedad de Padres, Madres y Representantes deben presentarlo ante la Asamblea General Extraordinaria de Padres, Madres y Representantes; sin embargo el MPPE no debe tener competencia sobre estas modalidades ya que es a libertad de los Padres quienes son los que inscriben en estas actividades.  Recomiendo a los Padres y Madres afectados dirigir una correspondencia o conversar directamente con la Dirección del Colegio, así como la Junta Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes. Recuerde que usted es parte de la solución y el entendimiento y el dialogo es el mejor procedimiento.

Sigue…


Oscar Barreto

lunes, 1 de agosto de 2011

CIRCULAR INFORMATIVA N° 12

Señores Padres y Representantes de la Comunidad Educativa del Colegio Yale
En función de hacer una evaluación de los acontecimientos de los meses recientes y los días tan difíciles vividos en el proceso de inscripción de la semana pasada , y ante dudas y comentarios manifestados por muchos de ustedes de forma oral y escrita, en nombre de la Sociedad de Padres les comunico:

En el entendido de que un representante bien informado puede tomar una decisión asertiva ante una oferta de matrícula escolar y para lograr una relación justa de “ganar-ganar”, hemos solicitado a las autoridades del colegio información suficiente y competente que nos permita evaluar si se cumple la siguiente ecuación de igualdad:

Valor monetario de la matricula = valor del Proyecto Educativo

A este efecto, desde hace más de 10 meses hemos querido obtener de la institución la información necesaria para poder concluir sobre la razonabilidad de la matricula aspirada por ellos y que de manera confusa mostraron en su comunicado del pasado 09 de mayo (Bs. 2.745 * 12 meses; o lo que equivale a Bs. 2.534 * 13) siendo el monto definitivo cobrado de Bs. 2.450.

A.- ¿Cuál es el escenario hoy?

Los representantes de la institución nunca suministraron información y jugaron a la desinformación hasta crear el clima de la semana pasada de desorientación y zozobra de los representantes; esto ocasionó que los representantes usaran su mejor juicio de valor para optar por una u otra propuesta de la institución manifestada en la comunicación del pasado 20 de julio; esto produjo una división de la colectividad entre:

1.- los que cancelaron la mensualidad de Bs. 2.450 por estar conformes o por temor a que se cumplieran ciertos rumores y/o amenazas que podrían perjudicar a sus hijos, y

2.- los que cancelaron Bs. 690 por no considerar que cuentan con la suficiente información para aceptar Bs. 2.450 como matrícula y quieren seguir exigiendo para que les sea reconocido su derecho a estar bien informado para tomar la decisión más adecuada y los que consideran que los servicios recibidos no están acordes con la matricula cobrada y la que pretenden cobrar.

B.- ¿Cuál es la información que se requiere?

Solicitud financiera e indicadores de Gestión académicos (¡!ver el anexo 1!!)

C.- ¿Cuáles son los escenarios próximos probables?

1) La sociedad de padres insistirá en un acuerdo directo con las autoridades del colegio en la siguiente propuesta: La matricula máxima a cobrar debe ser de Bs. 1.874 (año anterior mas ajuste de 22% aprobado por el Ministerio), hasta tanto no se reciba la información solicitada; no podrá discriminar a los estudiantes en cuanto a la enseñanza a recibir.

2) Ante una intransigencia de las autoridades del colegio la Sociedad de padres continuará con la solicitud de la participación de las autoridades ministeriales, para obtener mediante su intervención una conciliación de las partes.

D.- ¿Qué está haciendo la Sociedad de Padres?

No es la intención de la Sociedad de padres la confrontación, sin embargo, continuará planificando las acciones a seguir en el escenario que el colegio insista en discriminar a los alumnos por su posición ante el desacuerdo de la matricula justa.

Con relación a esto, queremos ratificar a los padres y representantes que es imposible de acuerdo a la ley que esto suceda y que de hacerse el colegio Yale estaría confrontando no a los padres sino a la Ley.

E.- ¿Qué debemos hacer los padres en caso de dudas?

Todos aquellos que tengan dudas por favor hagan llegar un correo electrónico con su nombre, apellido, año y sección cursada en el periodo 2010-2011 a la siguiente dirección: spryrcy@gmail.com,

Todos estos contactos serán tratados con confidencialidad y sin perjuicios del interesado.

Es importante señalar que ante la práctica dilatoria por parte de las autoridades del Colegio y la proximidad de las inscripciones sin acuerdos en el monto de la matrícula, la sociedad de padres le planteó a la institución continuar con la mensualidad hasta tanto se resolvía la diferencia corrigiendo una vez que se llegara a un acuerdo; con el surgimiento de la resolución del ministerio en el que se autorizaba al ajuste del 22% a las matriculas surgió la alternativa de proceder con el proceso de inscripción con ese ajuste que alcanzaría Bs. 1.874 y continuar buscando un acuerdo justo; las autoridades desatendieron la propuesta y procedieron a imponer solo las dos alternativas conocidas (Bs. 2.450 o Bs. 690). Al final de cuentas es deber de SPYRR y las Autoridades del Colegio someter todas las alternativas a votación a la Asamblea de Gral. Padres, que es la máxima y única autoridad que puede aprobar o desaprobar los cambios propuestos.

Por último, es de resaltar que la Sociedad de padres interpreta que todos los padres y representantes, sin importar la opción que se haya tomado, estamos comprometidos con el futuro del colegio y perseguimos soluciones consensuadas que apunten a capturar las oportunidades de mejora y corregir las deficiencias existentes; el fondo del asunto que nos orienta es la calidad de la educación de nuestros hijos.

Tenemos toda la disposición y estamos abiertos a conversar con las autoridades del plantel en un marco de respeto y sin ningún tipo de imposición”

Fdo.

Ing. Leonardo González
Presidente




ANEXO 1

1. Informe de ejecución económica del periodo 2010-2011 debidamente validada por un tercero independiente, autorizado conjuntamente por las autoridades del colegio y la sociedad de padres, que incluya:

a. En cuanto a Gastos de Personal:

i. Ingreso total por matricula para el periodo 2010-2011

ii. % del Ingreso total por matricula destinada al pago del personal docente

iii. % del Ingreso total por matricula destinada al pago del personal administrativo

iv. % del Ingreso total por matricula destinada al pago del personal obrero

v. % del Ingreso total por matricula destinada al pago de la capacitación del personal docente


b. En cuanto a Gasto de Infraestructura:
i. % del Ingreso total por matricula destinado a Gastos de Mantenimiento de infraestructura

ii. % del Ingreso total por matricula destinado a Inversión de Infraestructura

iii. % del Ingreso total por matricula destinado a Alquiler de Edificio



2. Plan de ejecución económica del periodo 2011-2012 que incluya:


a. En cuanto a Gastos de Personal:

i. Estimado del Ingreso total por matricula para el periodo 2011-2012

ii. % del Ingreso total por matricula destinada al pago del personal docente

iii. % del Ingreso total por matricula destinada al pago del personal administrativo

iv. % del Ingreso total por matricula destinada al pago del personal obrero

v. % del Ingreso total por matricula destinada al pago de la capacitación del personal docente

b. En cuanto a Gasto de Infraestructura:

i. % del Ingreso total por matricula destinado a Gastos de Mantenimiento de infraestructura

ii. % del Ingreso total por matricula destinado a Inversión de Infraestructura

iii. % del Ingreso total por matricula destinado a Alquiler de Edificio



Lista de Indicadores de la Gestión que las autoridades del colegio manejan para medir el desempeño académico y sus valores para los últimos 3 años.

domingo, 31 de julio de 2011

Reflexiones de un padre.

Estimados padres y representantes compañeros del Colegio Yale

Hoy viendo la situación inestable que estamos viviendo en nuestra comunidad, y como padre, que tengo dentro de mis pensamientos un sinfín de dilemas, pretendo con esta misiva abierta a todos ustedes unas reflexiones para plantear realidades que hoy por hoy son notorias, tangibles y creo que de conocimiento público. 

HECHOS: Tenemos varios años padeciendo un deterioro evidente en la calidad académica que imparte la institución a nuestros hijos, llegando a niveles sorprendentes e inaceptables en este año que acabamos de culminar, a continuación detallare algunos de vital importancia, digamos la punta del iceberg, faltas e inasistencias muy recurrentes de profesores a sus aulas de clases, errores constantes en las evaluaciones, en lo referente al Inglés (Esta semana se demostró que formalmente no estamos inscritos como colegio Bilingüe): Reducción considerable en las horas académicas dadas (nunca no los preguntaron), plantilla de profesores inexpertos y faltos de experiencias y además no los prepararon para la realidad de nuestros hijos, falta de seguimiento y soluciones por parte de las diferentes coordinaciones de las denuncias hechas por los padres durante el año, etc. Y si observamos las estructuras de nuestras instalaciones, las vemos muy deterioradas, si te paseas por los baños de preescolar, los mismo están en un último estado, y en la otra ala se ve a simple vista la falta de inversión que afecta el seguro transitar de nuestros hijos por las instalaciones (Techos, Paredes, Pisos, Escaleras, etc., etc., etc.) 

REFLEXIÓN: Hoy la posición que está en el tapete, no es el monto a pagar por la nueva matricula, ni el porcentaje de aumento, se resume en exigir que el “proyecto académico” funcione y se desarrolle en las condiciones ofrecidas y disfrutadas durante algún tiempo (los papas que tienen hijos en bachillerato pueden dar fe de esto), hoy es evidente del mal servicio recibido y debemos exigirle a las autoridades del colegio que cumplan con la excelencia en el servicio. En años anteriores hemos respaldado a estas mismas autoridades y lamentablemente no han cumplido y hoy vemos que con una actitud coaccionantés, intimidatoria, arbitraria y hasta grosera pretenden obligarnos a debemos aceptar sus condiciones ciegamente. Hoy debemos decir que así no, no es la forma de consensuar las cosas, reiteradamente se le han pedido de manera formal los requerimientos para conocer la realidad financiera del colegio y estas autoridades no las han querido mostrar, esto es un mensaje claro, que esta en contraposición de lo que a voces declaran, los mismo, de que el colegio está quebrado y da perdidas. Estas autoridades tienen el deber de dar cuentas de como usan los recursos que nosotros pagamos y más cuando vemos la situación tan descompuesta que tiene la institución. 

Si te sientes amenazado, coaccionado, no flaquees tenemos la oportunidad de exigir. El colegio extendió los días de inscripción, esto se lee como una alta afluencia de familias solidarizándose con estas exigencias, no nos dejemos amedrentar, no creamos en cuentos de camino, hoy por hoy maltratar un niño tiene repercusiones hasta penales, así que hay que denunciar para exigir y los entes oficiales están para reivindicar y hacerle ver a las autoridades del colegio que deben hacer las cosas sin pisar ni vejar a nadie. Los organismos que reciben las denuncias son: Distrito Escolar 6, en el Cafetal, el Indepabis en la Av. Libertador y para el caso de las amenazas de discriminación y abuso contra nuestros menores es en la Defensoría de menores en el piso 4, en derechos colectivos y difusos en la antigua alcaldía en la av. Rio de janeiro. 

Juntos lo lograremos


Adafel Javier Medina Vivas

viernes, 22 de julio de 2011

CIRCULAR INFORMATIVA N° 10

La Junta Directiva ha considerado necesario fijar posición en relación a la Comunicación de fecha 20 de julio 2011, donde el Presidente de la U.E.P. Colegio Yale en razón a los considerando expresados en ella, acordó el procedimiento a cumplir en relación al proceso de pago de la matricula correspondiente a la inscripción para el año lectivo 2011-2012, y por ello informamos que, en razón de que la misma fue remitida por los diarios escolares a cada representante y en la reunión mensual del día miércoles 20 de julio en curso de Delegados se procedió a dar lectura, no permitiéndose el derecho de palabra, para aclarar dudas y/o cualquier otro motivo-nada democrático y participativo-, los miembros de la Junta Directiva, Delegados y Padres, Madres, Representantes y Responsables asistentes, por unanimidad de los presentes, autorizó a la Junta a lograr por todos los medios adecuados y reglamentarios, las informaciones adecuadas en aquellas dependencias que pudiesen evacuar y aclarar las dudas, preocupaciones y ausencia de información creadas y es así que se acudió al Distrito Educativo N° 6, donde el Colegio está adscrito para que por vía de la consulta y nunca por denuncia se lograra la información veráz, cierta y oportuna que señala nuestra carta magna. 

A.- Es así que en razón de lo anteriormente expuesto queremos informarles a nuestra comunidad Educativa que debemos acudir en los días señalados del 25, 26, 27 y 28 del mes en curso, a cancelar la cantidad que el Organismo proponente estableció de SEISCIENTOS NOVENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs. 690) para pagar la inscripción correspondiente a la matricula del año lectivo que se inicia en el mes de septiembre 2011 y recomendamos que su pago sea en efectivo, para acelerar el proceso y no tener demoras en las consabidas confirmaciones de los cheques, acto de prosecución personal que garantiza el cumplimiento del artículo 60 del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación vigente, cuando expresa que: 

“…Todo alumno inscrito en determinado plantel educativo mantendrá su inscripción en el mismo a menos que los padres o representantes manifiesten su voluntad de retirarlo…”, 

Reforzado este derecho por sentencia firme y ejecutoriada del TSJ, donde en su decisión se garantiza el derecho de permanencia de los alumnos y la continuidad e ininterrumpibilidad del servicio de la educación a los padres o representantes del colegio con la excepción antes mencionada. Por ello no hay posibilidades de perder el cupo del representado ya que la excepción es clara, recibiendo el compromiso por parte de las autoridades consultadas del Ministerio de Educación de hacer respetar tal norma con fundamento a que es el Estado Docente la expresión rectora en materia de Educación. 

B.- La Resolución N° 045 Ministerial mencionada por las autoridades en su comunicación de fecha 07 de julio de 2010, es clara al señalar de que las autoridades del Colegio deben suministrar los ESTUDIOS ECONOMICOS ACTUALIZADOS en las formas señaladas en la misma y debidamente soportadas los cuales van a permitir a la Asamblea General de Padres y Representantes tomar la decisión adecuada, queremos reiterar que, desde el mes de julio 2010 las Autoridades del Colegio estaban en pleno conocimiento de la obligación que tenían de presentar esa información con la oferta, ello no ha ocurrido lo que obligó a la Comisión de Apoyo y a la Junta Directiva a rechazar la causa de retardo alegada en el punto N° 4 y de la comunicación de fecha 20 julio del corriente de la Junta Directiva, ya distribuida, donde se hacen estos señalamientos a la Directora del Colegio. 

C.- En relación a llevar las aulas a 38 alumnos en aras de garantizar una “Educación de Calidad” cambiando de manera unilateral e inconsulta las condiciones que durante años se brindó al disponer de aulas de 20 alumnos (desmejorando de manera evidente las condiciones de estudio), creemos que en última instancia la decisión le corresponde a las autoridades Educativas del Distrito quienes comunican su determinación a los Colegio públicos y privados adscritos en función del número de alumnos cursantes por grado y secciones y el número aplicado se toma solo para evitar hacinamientos, mientras que por el contrario, ofrecer a los que opten por la extensión de horario de permanencia, aulas de 20 alumnos es lógico deducir de inmediato una presunta discriminación, prohibición señalada el artículo 19 en su apte 6 de la Resolución N° 1791 del 16/10/1998 que dice: 

“….Uso de criterios de admisión que discriminen a los alumnos por razón de su género, raza, credo, posición económica o de cualquier otra naturaleza…”, fundamentado en la diferencia de aulas entre el Curriculum Básico Nacional que rige desde las 7,30 a 1 pm al incluir los recreos y la extensión de horario y el horario extendido de 2 pm a 3,30 pm.- Sin olvidar lo que en esta materia contempla la Carta Magna y la LOPNA.- 

C.- Creemos y respetamos el derecho de todos los Padres a escoger el Proyecto Educativo que de acuerdo a sus posibilidades económicas les permita, pero debemos aceptar una realidad verdadera, se reconoce al fin lo que no se aceptaba, ya no somos un colegio bilingüe, sin entrar a analizar si la oferta fue ocultada y ahora son clases de inglés intensivas, pero con la observación de que se cancelara su valor en el horario extendido, obviando la obligación que tiene el colegio para que cualquier cambio de este tipo debe de ser previamente consultada a los Padres y Representantes en una asamblea general publica y los mismos deben ser aprobados con un 75% de los miembros de la comunidad, ahora de manera sorpresiva nos enteraremos en caja el día de la inscripción si se selecciona el tiempo extendido las condiciones que obligatoriamente que se tendrán que cumplir, las cuales de acuerdo a las informaciones recibidas en el Distrito Escolar, serán aquellas comprendidas estrictamente solo entre las 2 pm a las 3:30 pm, por cuanto el horario de la mañana es obligatorio para todo el personal por igual y donde debe impartirse únicamente las asignaturas contempladas en el Currículo Básico Nacional. A manera de ilustración quisiéramos mencionar el contenido del artículo 67 vigente del RLOE que es aplicable al caso en comento: Artículo 67º 

“…El Director de cada plantel educativo durante el mes de septiembre presentará a la comunidad educativa el proyecto pedagógico del plantel y la programación de las actividades a realizar en el año escolar. En dicha programación se establecerá lo concerniente a la administración escolar de cada uno de los períodos señalados en el artículo 57 de este Reglamento a los fines de su revisión, observación, aprobación o rechazo por la asamblea general de la comunidad educativa que se convoque para tal fin, en la última semana del mes de septiembre. Una vez aprobada será entregada al distrito escolar, en la segunda semana del mes de octubre…”. Negritas nuestras. 

No ponemos en duda de que este cambio de pensum o proyecto esté aprobado por el Distrito Escolar, pero creemos que hasta este momento no se le ha dado cumplimiento a esa revisión obligatoria por parte de la comunidad educativa para que sea enviado al Distrito Escolar y menos haberse presentado el proyecto hoy ofertado. 

Es bien importante señalar que en el caso de preescolar al solo tener actividades hasta las 12pm (peekaboo, pre-level, 1st nivel) y 1pm (2nd and 3th level) no les ha correspondido ni les corresponderá el horario extendido propuesto, razón por la cual no tendrán que pagar nada adicional, ya que el 100% de sus actividades están dentro del marco del horario básico reglamentario. 

En conclusión, debemos expresar con toda responsabilidad de que tenemos un gran compromiso y una decisión transcendental que tomar, pero tiene obligatoriamente que nacer de una conciliación a través de la discusión con sinceridad de propósitos y no con excesos de individualismos y autoridad, acudamos a pagar la matrícula decidida por las autoridades del Colegio, que no es otra que el pago de la inscripción del próximo año con la convicción de que la actualizaremos al ser publicada la Gaceta Oficial y se apruebe como reza la ley, en la próxima Asamblea General de Padres y Representantes y que optemos por la selección deseada con la mayor libertad, confianza y la seguridad de que nuestros derechos no se verán vulnerados, que nuestros niños no se verán amenazados ni disminuidos y que negociaremos lo negociable para llegar al mejor de los resultados: ganar-ganar

Fdo. 

ING. LEONARDO GONZÁLEZ. 

PRESIDENTE JDSPRYRCY.- .